lunes, 5 de septiembre de 2011

El TSJA ordena anular dos licencias de terrazas por el ruido generado

La Sección Tercera de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha dictado las dos primeras sentencias firmes por las que se ordena que se anulen las licencias de concesión de terraza a dos establecimientos ubicados en la céntrica plaza Ricardo Muñoz. La batalla, en esta ocasión, la han ganado los vecinos después de que el TSJA haya desestimado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que inicialmente dictó, en 2010, el juzgado de lo Contencioso de Ceuta.
Fuentes de la Ciudad han indicado a 'El Faro' que "por supuesto, la sentencia la acataremos al ser firme" ya que "somos respetuosos con las decisiones judiciales". No queda otra ante lo clarificador del fallo judicial al que ha tenido acceso este medio y que es el primero que se dicta, en firme, en relación a la contaminación acústica. Hay, no obstante, más asuntos judicializados, todos ellos nacidos de las denuncias presentadas por ciudadanos que, consideran, han sido invadidos sus derechos al otorgarse licencias sin tener en cuenta los daños derivados del ruido.
El dictamen del TSJA es clarificador e importante en cuanto al tema del ruido, ya que deja claro que en Ceuta debe cumplirse el RAMINP (Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas), otorgándose las licencias teniendo en cuenta los efectos dañinos que puede provocar una actividad considerada molesta. Señala la sentencia que las terrazas son actividades molestas y que, como tal, los expedientes de concesión hay que tramitarlos teniendo en cuenta, entre otros asuntos, a los vecinos y realizando un estudio de impacto previo sobre la contaminación acústica que pueden ocasionar.

¿Qué ha pasado según el tribunal con estas dos licencias? Que la Ciudad, al dar las licencias, no reparó en lo obligado por el artículo 30 del RAMINP. Aclara el TSJA que antes de concederlas se debe exigir un informe "sobre la posible repercusión sobre la sanidad ambiental y se debe informar de los sistemas correctores" con garantías de seguridad. Dice el alto tribunal que en ambos casos "se han omitido los trámites del artículo 30 del RAMINP" por lo que las licencias otorgadas "no se ajustan a derecho".

El paso que ahora cabe dar es volver al inicio del expediente inicial, instando a los comercios afectados al cumplimiento de las normas antes de poder obtener una licencia. La sentencia apunta que esa licencia se debe tramitar teniendo en cuenta que las terrazas son actividades molestas.
Los vecinos esperan que con este primer dictamen la Ciudad cumpla y ejecute esas sentencias, al igual que haga extensible lo que marca el RAMINP a todos los demás establecimientos para evitar los problemas del ruido que son más numerosos de lo que parece.
El expediente que ha llegado hasta el TSJA no es caso único en la lucha mantenida entre vecinos y administración a costa del ruido. Judicializados siguen más procesos que tienen en común la concesión de licencias a establecimientos sin haberse tenido en cuenta las reclamaciones o protestas de los vecinos que se han visto afectados por la falta de lo que se denomina sanidad ambiental.

Al otro lado de las reclamaciones de los vecinos quedan las de los empresarios. En las últimas semanas se ha vuelto a poner de manifiesto el choque de intereses debido al tiempo límite en que las terrazas pueden estar abiertas en verano. La Ciudad marca que no más allá de la una de la madrugada, lo que ha provocado que los dueños de los establecimientos hayan protestado al considerar que dicha medida atenta contra sus intereses y que choca con otras existentes en ciudades del resto del país.

La problemática del ruido es tal que en sentencias dictadas por el Tribunal Supremo se llega a equiparar los efectos de la contaminación acústica con una agresión física, al entenderse como un arma para provocar lesiones. Un fallo de la Audiencia de Barcelona de enero de 2009 condenó a cinco años y medio de prisión a la propietaria de un pub que sin permiso administrativo alguno había  instalado un sistema de sonido en su local que, de nueve de la mañana a tres de la madrugada "ha perturbado gravemente la vida familiar y la salud física y psíquica" de los denunciantes. El TS confirma que los excesos acústicos provocaron al matrimonio víctima un trastorno depresivo ansioso que requirió tratamiento a base de ansiolíticos.  "El ruido puede ser un arma muy eficaz para causar lesiones, como puede ser un cuchillo. La diferencia con una herida física es que esta puede curarse, una herida psíquica tiene una cura más difícil, como demuestra el caso de mis defendidos", señala.

El 76.4% de los barrios sufre de exceso de ruido

La Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos (FPAV) tiene en su haber una encuesta en la que han participado un total de 51 asociaciones de vecinos que aporta un dato significativo: el 76.4% de las barriadas dice padecer contaminación acústica.
La influencia de las calles peatonales, de los bares y locales de ocio, del tráfico rodado, los horarios en que se registra un mayor índice de ruido, las fuentes de origen del ruido o los daños provocados en los vecinos son asuntos analizados por la FPAV que les ha llevado a concluir que también este tipo de afección va por barrios. El ruido afecta de alguna forma al sueño nocturno (lo dice un 49%) y en un alto número de casos (29,4%) ha producido alteraciones en el estado físico y psicológico de algunos vecinos.

Entre los efectos físicos que han sufrido vecinos que tienen interpuestas denuncias en los tribunales se encuentra la ansiedad, la depresión, la pérdida de peso en exceso (más de 20 kilos) o la retirada de la leche en el caso de una mujer que acababa de parir. A esto se suman historiales de situaciones de estrés y familias que se han tenido que trasladar a otros puntos de la ciudad vendiendo sus casas o hipotecándose con otras ante la imposibilidad de seguir soportando el exceso en el ruido.

La historia

2007

Se conceden las licencias de terrazas

La Ciudad concede la licencia para la apertura de varias terrazas en la plaza de Ricardo Muñoz. Sucede que no se tiene en cuenta la opinión de vecinos residentes en este punto que comienzan a presentar quejas por el elevado ruido. Las quejas empiezan por la vía mediática y política pero al no obtenerse respuesta llegan a otras instancias como el Defensor del Pueblo y, finalmente, al juzgado.

2010

Primera sentencia del juzgado en Ceuta

El tribunal, en Ceuta, da la razón a las primeras denuncias que llegan sobre la existencia de locales que habrían obtenido la licencia de apertura sin tenerse en cuenta, por ejemplo, los efectos aditivos del ruido. En el caso de esta plaza no se ha tenido en cuenta el cúmulo de actividades juntas que provoca que el ruido alcanzado sea mayor ya que se suman los producidos por cada actividad.

2011

Primera sentencia firme

Es la ahora emitida por el TSJA que atiende las quejas de los vecinos en contra de los dictámenes sostenidos por la administración.
la situación

De planes y promesas

La Ciudad ha hecho público varias promesas en cuanto al ruido: crear un mapa, aumentar los medios, atender las quejas vecinales... pero lo cierto es que todavía ese mapa es inexistente y la Policía Local, por ejemplo, no dispone de los medios para llevar a cabo mediciones que sean válidas para ser sostenidas judicialmente. Los sonómetros reglamentados no funcionan y por tanto los controles son inexistentes.

Autora: Carmen Echarri
Fuente: El Faro Digital.es
Enlace: http://www.elfarodigital.es/ceuta/tribunales/63686-el-tsja-ordena-anular-dos-licencias-de-terrazas-por-el-ruido-generado.html

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