viernes, 26 de febrero de 2010

Obras y máquinas

Escrito por ASCORCE
viernes, 26 de febrero de 2010
En una ciudad donde existe una alta densidad de población es motivo de que las autoridades se preocupen de que las obras públicas causen la menor afección y molestias los ciudadanos, no sólo al tráfico, sino además al vecino próximo a las mismas.
La legislación laboral ya obliga en el ámbito de la salud a que los trabajadores que manejen maquinas o estén en un espacio donde el nivel de decibelios sea superior a 85 db, a que utilicen protectores auditivos, pero y los ciudadanos que están aguantado durante meses las obras ¿cómo se protegen? Queremos adivinar que por las autoridades competentes pero ¿ cómo lo hacen?

Al parecer terminando antes las obras y trabajando hasta los sábados, esta asociación no cree que sea la mejor forma para el vecino próximo, ya que se le va castigar hasta los días de descanso.
Si las obras para su ejecución necesitan un número de jornadas, aunque se trabaje los sábados, el ciudadano seguirá sufriendo las consecuencias de esos niveles superiores a lo permitido de emisión sonora, incluso en los días de descanso de su trabajo.
Los niveles a los que debe estar las viviendas en una zona residencial de Ceuta según la Ordenanza de Ruidos de 1993, en vigor, son de día, a 35 db, piezas de habitación; pasillos, aseos y cocinas a 40 db; zonas de acceso común, a 50 db. Niveles que superamos con creces con las obras inmediatas a nuestras viviendas.
Y ¿ cómo se consigue en Ceuta?, difícilmente, desde el año 2003, la ley del Ruido dice que “las autoridades públicas promoverán el uso de maquinaria, equipos y pavimentos de baja emisión acústica, especialmente, al contratar las obras y suministros”. En Ceuta esto es una quimera. ¿ porqué no se cumple?.
Todavía no hemos visto que se utilice un asfalto poroso adecuado para reducir la contaminación del tráfico, y que se contrate maquinaria de baja contaminación acústica, tal y como hemos podido comprobar en las últimas obras. Llevamos siete años de retraso y lo que nos queda con este equipo municipal.
Siguiendo esta ley, todas las Comunidades Autónomas españolas, Madrid, Cataluña, y puesto que deseamos impulsar a Ceuta a la industria turística, Baleares, en el artículo 36, de la Ley de Prevención contra la contaminación acústica recoge lo señalado en la ley del ruido. Nos imaginamos que la nueva ordenanza de ruidos de Ceuta tendrá su apartado al respecto.
Esto esta en consonancia con las Directivas europeas 2000/14, “sobre emisiones sonoras en el entorno” y la 2005/88/CE, que modifica el RD 524/2006, pero es el RD 212/2002, por el que se regulan “las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre”. Su no cumplimiento, nos hace dudar, a veces, si pertenecemos a la Unión Europea.
Martillos picadores de mano, volquetes, hormigoneras, camiones de baldeo, aspiradoras, etc……..¿ a quién no le ha amargado alguno o varios días en Ceuta? ¿ en su casa? ¿en su trabajo?, pues recuerden que es uno de los motivos, entre otros, por los que somos los primeros de España y segundos del mundo, en contaminación acústica y con grave afección a la salud. No basta con regular y hacer una nueva ordenanza “hay que cumplir la que esta en vigor”.
La Ordenanza de Ruidos y Vibraciones de Ceuta de 1993, sigue sin cumplirse a diario, oímos a partir de las 07,00 horas, como el martillo esta golpeando el pavimento de la calle, y la ordenanza señala que desde las 22,00 hasta las 08,00 horas no se puede hacer, así como que el resto del día, los equipos empleados no pueden originar a 1,50 metros de distancia, niveles sonoros superiores a 80 db. ¿Quién comprueba esto? ¿Sanidad? ¿Medio Ambiente? ¿ Fomento? ¿ Gobernación? ¿ nadie? Aquí esta el problema.

http://www.elfaroceutamelilla.es/content/view/45203/143/

Septem Nostra reabrirá el debate de la ubicación de la planta de Endesa

 

 

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martes, 23 de febrero de 2010

La Justicia y el ruido

 

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Escrito por Juan Fco. Vega Romero

martes, 23 de febrero de 2010

Hace pocas semanas hemos asistido a una sentencia del Tribunal Supremo, en la que ratifica a una empresaria catalana de hostelería y ocio  a cinco años y medio de prisión, por un delito contra el medio ambiente por contaminación acústica, pero además, se ratifica por tan alta instancia por primera vez,  las lesiones ocasionadas a las víctimas que lo han sufrido.

Para muchos puede ser exagerada dicha pena, pero si leemos el artículo 325 de nuestro Código Penal, expone que:


Será castigado con las penas de prisión de seis meses a cuatro años, muta de ocho a 2 meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años el que, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones, aterramientos, ruidos, vibraciones, inyecciones o depósitos, en la atmósfera, el suelo, en los espacios transfronterizos, así como captaciones de aguas que puedan perjudicar gravemente al equilibrio de los sistemas naturales. Si el riesgo de grave perjuicio fuese para la salud de las personas, la pena de prisión se impondrá en su mitad superior.


El que dolosamente libere, emita o introduzca radiaciones ionizantes u otras sustancias en el aire, tierra o aguas marítimas, continentales, superficiales o subterráneas, en cantidad que produzca en alguna persona la muerte o enfermedad, además de una primera asistencia facultativa, requiera tratamiento médico o quirúrgico o produzca secuelas irreversibles, será castigado, además de con la pena que corresponda por el daño causado a las personas, con la prisión de dos a cuatro años.


Por lo tanto, los administradores de la justicia, se han limitado a aplicar nuestro código penal. Aunque ya en el 2004, el Tribunal de Estrasburgo de los Derechos Humanos condenó a España, y en concreto a los tribunales españoles, por no dar amparo a las víctimas del ruido, ya que se estaba violando los artículos 15 y 18 de la Constitución y dicha sentencia creó jurisprudencia en los tribunales españoles.


La palabra “crisis”, no debe de servir de justificación para que las nuevas o viejas actividades no cumplan con las normativas,  en esta ciudad estamos muy acostumbrados a observar cómo se abren locales sin ningún tipo de licencia, o poseyéndola ejercen otras distintas para la cual fue autorizado, causando molestias hasta altas horas de la noche.


Esta sentencia sin duda, va a preocupar a muchos que están acostumbrados a tener impunidad en sus negocios, a hacer lo que les vienen en gana, y como cómplices, algunos amigos funcionarios de las administraciones que los encubren siendo sus cómplices en algunos casos, pero por suerte, la justicia ya está actuando y hemos conocido casos de notoriedad pública.


El ruido puede considerarse sin ninguna duda como tortura y ya ha sido empleado en nuestros tiempos por los ejércitos, para tal fin, es utilizado como arma policial para disolver manifestaciones, se utiliza como arma para repeler la piratería en los barcos y para disuadir en las concentraciones de jóvenes el botellón.


Si observamos las encuestas, el tráfico es uno de los principales factores de contaminación, pero lo que no podemos es conformarnos sin más, si el tráfico contamina, pues se deberá asfaltar con asfalto poroso, regular zonas donde sean necesarias las reducciones de velocidad y que las alcantarillas, o los socavones que se tapan con una plancha de acero, pues habrá que reforzarlas con goma para que no suenen. Pero en mi opinión el problema que más afecta a la salud, son las actividades que ejercen sus labores en periodo nocturno, es un verdadero calvario que te toque un local ruidoso bajo tu casa, o que los motores de unas neveras no te dejen descansar por el ruido de sus motores, pero esto solo lo conoce quien lo pasa, los afectados, las victimas.


La cárcel no se le desea a nadie, pero está claro que las denuncias, las medidas cautelares y las sanciones, cuando las hay…., no sirven para nada, porque a veces esas sanciones son hasta ridículas y las administraciones, por desgracia, la mayoría de las veces, no hacen nada, por lo cual, casi todo terminará en los juzgados, donde el afectado pedirá su tutela, por lo cual se tendrá que rascar el bolsillo para hacer valer sus derechos, eso quien esté económicamente bien y en cambio, hay administraciones, que además, utilizaran el  dinero público, para ir en contra del propio afectado, en vez de defender sus derechos y hacer que se cumplan la leyes y normativas. Pero está claro que cuando se acude a la Autoridad Judicial, es porque la administración ha fallado y la justicia, de un tiempo a esta parte, está demostrando que es implacable con estos agresores medio ambientales. No es lícito enriquecerse a costa de la salud de otros.

http://www.elfaroceutamelilla.es/content/view/45094/143/

domingo, 14 de febrero de 2010

El exceso de ruido puede equipararse a una agresión física

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El Tribunal Supremo de España confirmó una sentencia en la que el ruido se consideró como un delito de lesiones, y no de falta como había sucedido hasta ahora. El ruido, ahora, puede ser considerado un arma para provocar lesiones, como un cuchillo.

Un fallo de la Audiencia de Barcelona de enero de 2009 condenó a cinco años y medio de prisión a  María del Carmen Ahijado, la propietaria del pub Donegal en el casco viejo de Barcelona, que sin permiso administrativo alguno instaló un sistema de sonido en su local que, de nueve de la mañana a tres de la madrugada "ha perturbado gravemente la vida familiar y la salud física y psíquica" de los denunciantes, según recoge esta sentencia.

El Tribunal Supremo ahora confirma que los excesos acústicos provocaron al matrimonio víctima un trastorno depresivo ansioso que requirió tratamiento a base de ansiolíticos. De hecho, uno de los afectados todavía sigue con tratamiento farmacológico al degenerar su estado en una "fobia acústica".

El abogado Luis Gallardo, al frente de la Asociación Catalana Contra la Contaminación Acústica (ACCA), expresaba a ABC.es su satisfacción por un fallo que no sólo reconoce la tesis de sus defendidos, sino que se convierte en una poderosa arma para luchar a partir de ahora contra los agresores acústicos. "En algunos casos ha bastado con mencionar la posibilidad de interponer una demanda penal para que el propietario de un pub o bar ruidoso ponga arreglo", explica. "La sentencia del Tribunal Supremo es una advertencia. Poca broma con el ruido, que te juegas la cárcel", añade.

"Sentencias como esta -insiste el abogado Gallardo- consiguen lo que nuestra asociación y cualquier médico, proclaman, que el ruido puede ser un arma muy eficaz para causar lesiones, como puede ser un cuchillo. La diferencia con una herida física es que esta puede curarse, una herida psíquica tiene una cura más difícil, como demuestra el caso de mis defendidos".

http://www.hispasonic.com/noticias/exceso-ruido-puede-equipararse-agresion-fisica-14195

miércoles, 10 de febrero de 2010

martes, 9 de febrero de 2010

La Ciudad zonificará el mapa de ruidos según el uso del suelo

 

sociedad - MARTES, 9 DE FEBRERO DE 2010


operarios en una zanja. archivo.

iniciativa

La Ciudad zonificará el mapa
de ruidos según el uso del suelo

La Consejería de Sanidad se atendrá a la normativa que establece distinta permisividad acústica según sea terreno sanitario y docente, residencial, terciario, recreativo o industrial

CEUTA
José García
ceuta
@elpueblodeceuta.es

La Ciudad ya ha firmado el contrato con Prointec para acometer la zonificación acústica de Ceuta, con mediciones en las cuatro estaciones del año. La normativa establece distintos niveles de ruido permitido según el uso del suelo: sanitario y docente, residencial, terciario, recreativo, industrial y para transportes.
La Consejería de Sanidad y la empresa contratada para hacer la medición, Prointec, se tomarán un año de trabajo para mensurar los niveles de contaminación acústica de la ciudad, observando la incidencia del ruido en cada una de las cuatro estaciones.
La jefa de servicio de Sanidad Ambiental, Rebeca Benarroch, explicó a EL PUEBLO que el contrato con Prointec se firmó la semana pasada y que ahora toca ponerse de acuerdo con la Asociación contra el Ruido (Ascorce) y la Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos (FPAV) sobre los lugares donde se va a realizar la medición, al objeto de establecer la zonificación acústica de la ciudad autónoma.
Tomando como parámetros lo establecido por la Ley 37/2003 sobre Evolución y Gestión del Ruido Ambiental y los Reales Decretos 1513/2005 y 1367/2007 que la desarrollan, la zonificación acústica de la ciudad se delimitará según el uso del suelo y sus niveles de ruido.
Así, en suelo sanitario, docente y cultural y otros espacios protegidos el ruido no podrá superar los 60 decibelios durante el día. El suelo de uso residencial no podrá registrar más de 65 decibelios. El suelo de uso terciario, los 70. El suelo recreativo, los 73. El suelo industrial, los 75. Y, finalmente, el dedicado a transportes, como el helipuerto, no tendrá ningún límite sónico.
El objetivo de calidad acústica que persigue esta normativa establece niveles de ruido diferentes cuando se mide en el interior de los inmuebles. De estas manera, en viviendas se permiten hasta 45 decibelios por la mañana y 40 por la noche en estancias, mientras que en las habitaciones es de 35 y 30, respectivamente.
En los hospitales, las salas y pasillos no deberán superar los 45 decibelios diurnos y los 35 diurnos, y en los dormitorios los 40 y 30. En las aulas educativas sólo se permiten 40 decibelios durante el día y la noche. En la sala de lectura este nivel baja al 30.
Rebeca Benarroch apuntó que en la ciudad de Ceuta se dan todos los usos del suelo apuntados, pues se dispone de un helipuerto, de gran intensidad acústica, y también una zona industrial en el Polígono del Tarajal, por lo que se augura que esta mapa de zonificación sónica de la urbe resultará un trabajo bastante arduo.

http://www.elpueblodeceuta.es/5000sociedad.html

lunes, 8 de febrero de 2010

Los ceutíes, concienciados con el Medio Ambiente y su conservación


sociedad - LUNES, 8 DE FEBRERO DE 2010

medidas

Los ceutíes, concienciados con el
Medio Ambiente y su conservación

CEUTA
Redacción
ceuta
@elpueblodeceuta.es

El 96,7% de los residentes en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla está “preocupado” por el medio ambiente, una cifra que sitúa a esta autonomía como la tercera más concienciada, sólo por detrás de Canarias, que encabeza la lista con el 98,4%, y País Vasco (97,1%), y con el mismo porcentaje que laComunidad Valenciana. La media nacional se sitúa en un índice del 95,1%.
Así lo refleja la última ´Encuesta de Hogares y Medio Ambiente´, que acaba de publicar el Instituto Nacional de Estadística (INE). El informe, consultado por Europa Press, revela que el 76,9% de la población española de 16 y más años dice estar “muy preocupada” por el Medio Ambiente. Estos porcentajes aumentan con el nivel de ingresos y el nivel de estudios. Por sexo, las mujeres se preocupan más que los hombres y, los jóvenes y las personas de más edad son los menos interesados.

http://www.elpueblodeceuta.es/201002085201.html

De sonómetros, calibradores y de software

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domingo, 7 de febrero de 2010

La FPAV quiere acompañar a Prointec en la medición del ruido

 


sociedad - DOMINGO, 7 DE FEBRERO DE 2010

vecinos

La FPAV quiere acompañar a
Prointec en la medición del ruido

CEUTA
José García
ceuta
@elpueblodeceuta.es

Una vez entregada a la Ciudad Autónoma los resultados de la encuesta sobre el ruido realizada entre las barriadas de Ceuta, la Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos (FPVA) quiere seguir manteniendo un papel activo en el control de la contaminación acústica en la urbe.


Según explicó a este periódico el presidente de la entidad vecinal, José Ramos, la federación va a trasladar al Gobierno autonómico su deseo de acompañar el seguimiento del mapa de contaminación sónica y la medición del ruido que va a acometer por encargo de la Ciudad la empresa Prointec.


Ramos explicó que para hacer este acompañamiento se había invitado a la Asociación Contra el Ruido (Ascorce), lo que a la federación vecinal le parece completamente loable, pero también desea estar presente ella misma.
Como adelantó este periódico, el 67 por ciento de las barriadas de la ciudad autónoma informaron en las respuestas a la encuesta trasladada por la FPVA padecer serios problemas de contaminación acústica.


La encuesta fue distribuida entre cincuenta y ocho asociaciones de vecinos de la ciudad autónoma y estaba formada por un decálogo de preguntas sobre la incidencia del ruido, las fuentes y circunstancias que lo determinan y las consecuencias para la salud física y mental de los residentes que acarrea el problema.

http://www.elpueblodeceuta.es/201002075207.html

sábado, 6 de febrero de 2010

El Supremo avala la cárcel por unas lesiones por ruido

 

elPeriódico.com

 

  1. La justicia ratifica la pena de cinco años y medio de prisión para la dueña de un pub
  2. • Los vecinos de la finca de Ciutat Vella donde estaba el bar sufrieron trastornos

J. G. ALBALAT
BARCELONA

El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Sección 21 de la Audiencia de Barcelona que condenó a cinco años y medio de prisión a María del Carmen Ahijado, propietaria del pub Donegal de la calle Nou de las Rambla, por contaminación acústica. Por primera vez, el alto tribunal ratifica una sentencia en la que no solo se apreciaba un delito contra el medio ambiente (ruidos), sino también tres de lesiones, por los daños en la salud que padecieron tres vecinos del inmueble donde estaba situado el bar. La pena impuesta a la acusada supone su ingreso en un centro penitenciario.
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha rechazado de esta manera el recurso presentado por el abogado defensor de María del Carmen Ahijado, que argumentó la indefensión porque, a su entender, la actividad probatoria no se obtuvo correctamente, el quebrantamiento de forma porque no se le habían admitido algunas pruebas (como un informe psiquiátrico sobre la imputada), la mala utilización de la ordenanza municipal de Barcelona y también un error de apreciación en la valoración de ciertos documentos. Los magistrados han rechazado uno a uno estas hipótesis, confirmando el delito de lesiones porque tres personas sufrieron trastorno del sueño y otros síntomas producto de las molestias provocadas por el ruido del bar.
DE MADRUGADA / La Audiencia de Barcelona, en su sentencia de enero del 2009 y ahora ratificada, estima probado que Ahijado, propietaria del pub entre abril del 2005 y mayo del 2006, instaló en el local un equipo con cinco altavoces que generaban un ruido de hasta 70 decibelios desde las nueve de la mañana a las tres de la madrugada. Esta contaminación acústica, incidía la resolución judicial, perturbaba gravemente la «vida familiar y la salud física y psíquica» de los vecinos de la vivienda situada sobre el bar musical.
En un primer momento, los perjudicados denunciaron estas molestas y la posible infracción de la normativa al distrito de Ciutat Vella, que abrió un expediente administrativo. Los inspectores constataron la elevada emisión de ruido y se procedió a comunicar a la dueña del pub que realizara modificaciones y adaptara las instalaciones a lo dispuesto en materia de ruido. Sin embargo, los afectados volvieron a quejarse porque el problema no se había resuelto y no solo se dirigieron a la Administración, sino también a la fiscalía de medio ambiente, que abrió una investigación.
La gerencia del distrito de Ciutat Vella, al final, dictó la clausura del local, que fue precintado el 10 de febrero del 2006. Sin embargo, la acusada rompió el precinto del bar y los inspectores constataron que el pub volvía a funcionar. La orden de cierre se tuvo que repetir varias veces, ya que la imputada hacía caso omiso a los requerimientos y rompió por dos veces los precintos del local.

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=684770&idseccio_PK=1021

viernes, 5 de febrero de 2010