- Los técnicos de la Administración local entienden que las excepciones recogidas en el Reglamento de establecimientos turísticos para los meses de julio, agosto y septiembre no se aplican a los veladores
- A la una de la madrugada debe dejarse, sin excepción, de aceptar clientes, no servir consumiciones, encender las luces y apagar la música
El Gobierno de Ceuta lo tiene claro: las terrazas hosteleras no pueden permanecer abiertas más allá de la 1.00 de la madrugada, ni durante los fines de semana ni las vísperas de festivo ni en los meses de julio, agosto y septiembre. A juicio de los técnicos de la Administración local, a cuyo criterio se han referido fuentes del Ejecutivo que preside Juan Vivas en declaraciones a Ceutaldia.com, las prórrogas que para tales fechas establece 'Reglamento para la clasificación de los establecimientos turísticos y para la regulación de sus horarios de apertura y cierre' no aplican en el caso de los veladores.
Dicha norma, aprobada en el año 2000, como la Ordenanza Reguladora de Terrazas de Veladores, que remite a la anterior, deja claro que "el horario máximo de apertura y cierre de los diferentes establecimientos irá de 6.00 a 1.00 horas en el caso de "cafeterías, restaurantes, bares y mesones" y de las 17.00 a las 3.00 si se trata de "pubs, discotecas y asimilables".
"Las terrazas que pudieran autorizarse deberán cesar en su actividad a las 01.00 horas, con independencia del tipo de establecimiento al que pertenezcan", completa el Reglamento, que en su artículo 4 matiza literalmente que "el horario de estos establecimientos se ampliará en media hora los fines de semana (noches de viernes y el sábado) y vísperas de festivos y otra media hora los meses de julio, agosto y septiembre".
Tal extensión no sirve, sin embargo, para las terrazas, entiende la Administración ceutí, según cuya interpretación dentro del término 'establecimiento' no pueden encuadrarse estos espacios al aire libre, contra la opinión de algunos empresarios del sector implantados fuera del Parque Marítimo y el Poblado pero a menos de 100 metros de la vivienda más cercana, espacios donde sí se permite una hora de actividad más que la fijada para todos los demás.
Así las cosas, la Policía Local está en su derecho y deber de sancionar (son 600 euros) a aquellas terrazas que llegada la una de la madrugada no cesen en su actividad, como mínimo vetando el acceso a más clientes, dejando de servir consumiciones, parando la música ambiente y encendiendo las luces para facilitar el desalojo.
Las mismas fuentes del Gobierno de Vivas han explicado sobre este asunto, ahora dependiente de Premi Mirchandani, que esos 25 minutos de margen que el Reglamento concede a los "establecimientos" para quedar "vacíos de público" sí se están concediendo también a las terrazas, aunque a la Policía Local se le ha librado un oficio que deja claro que las multas "no se negocian", sino que "se ejecutan" cuando se vulnera la normativa.
Enlace: http://www.ceutaldia.com/2011083174108/economia/las-terrazas-de-verano-no-pueden-abrir-mas-alla-de-la-1-ni-en-verano-ni-durante-el-fin-de-semana.html?mosmsg=Comentario+guardado.+Su+comentario+ser%E1+publicado+despu%E9s+de+la+aprobaci%F3n+de+los+Administradores. Tweet
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