Primero.- Los sonómetros de prevención de riegos laborales, son de eso………..de
Prevención de riesgos laborales……
Segundo.- No valen para sancionar no por que lo diga la Asociación, lo dice los Reales Decretos de desarrollo de la ley del Ruido, los únicos sonómetros para sancionar administrativa y judicialmente son los tipo1 / Clase C1.
Tercero.- Los sonómetros miden en tonales, y si requiere un filtro de banda de octavas o 1/3 de octavas, obligatorio desde octubre de 2007, para cuando la actividades colindante con la vivienda que esta sufriendo el ruido y esto sólo lo cumplen los sonómetros tipo 1 / Clase 1.
Son obligatorios desde Octubre de 2007 y fueron los que adquirió la Ciudad Autónoma en Abril de 2009.
Cuarto.- Hay que calibrar antes y después, para que valga la medición para sancionar y que sepamos el Sr. Consejero informa de los sonos del Departamento de Prevención de Riesgos y no dice nada de si sus mediciones se han calibrado y con lo cual sin este requisito tampoco valdría para sancionar.
Nos imaginamos que los calibradores, que también necesitan ser revisados están con los sonos en Madrid, por lo que consideramos ahora no informará que también tiene calibrador por que entonces sería la cosa mas seria ya que nos ha tenido casi un año sin calibrar por falta de uno.
Quinto.- El Sr. Consejero informa que tiene el programa informático, y ASCORCE pregunta de ¿qué sonómetro? ¿Del tipo 1/ clase 1 que están en Madrid en revisión? y el del Departamento de Prevención de Riesgos ¿también lo tiene? Es decir las mediciones realizadas con el sono de Prevención han reunido todos los requisitos: tipo 1/clase 1; calibración y medición mediante programa.
Sino ha sido así lo sentimos mucho, Consejero NO TIENEN VALIDEZ JURIDICA PARA SANCIONAR, ni administrativa, ni judicialmente, si reúnen esos requisitos tendrá que explicar por que han negado mediciones por estar los sonómetros en Madrid.
Sexto.- El Sr. Consejero alude que "remitió los sonómetros en el mes de junio a Madrid por que algunas ciudades los revisa y claro el verano…..pues ya se sabe………."
Primero informar que los sonómetros se revisan todos, sin excepción, por que lo ordena la legislación y su plazo de caducidad es de un año, y aquí queremos hacer una aclaración, y un matiz que el Sr. Consejero se le ha pasado por alto, posiblemente por un mal asesoramiento, pero a ASCORCE no le salen las cuentas.
Vayamos a hemeroteca, vera Vd., Sr. Consejero, presentan unos sonómetros, a bombo y platillo, el Día Internacional de la Lucha contra el Ruido, ¿cuando? ¿El 29 de abril de 2009?, sonómetros y sus calibradores, que la casa comercial les entrega en perfecto estado para medir, y que habían pasado su primera revisión, ¿cuando? Ya se sabe, Barcelona, Madrid, Ceuta, ¿cuando? ¿a primeros de abril de 2009?, creamos que sí, a mediados de abril de 2010, ya hay personas afectadas que nos consultan por que no le habían hecho medición por estar caducados su certificados de revisión, esta Asociación, en uso de un derecho a la información establecido en la ley 27/2006, solicita de Medio Ambiente copia de dicho certificado, y no se nos entrega, ahora leemos que Vd. dice que los remitió en junio……….. Comprobará que las cuentas no nos salen……..…, para nosotros lo relevante es la fecha de su caducidad,……………y Vd. no ha informado de ello,………..si se remitió en junio y estaban caducados desde abril, como mínimo, durante dos meses han estado en su Consejería, y hemos sido privado del único sonómetro que cumple todos los requisitos que señala la ley para sancionar y a los cuales ya nos hemos referido y nos ha dejado indefenso.
Para ASCORCE, Ceuta lleva cinco meses sin hacer mediciones con las garantías que señala la ley en relación a los sonómetros. Y en relación a su declaración, le recordamos, además, que los meses de abril, mayo y junio son lectivos, no de vacaciones, ya se sabe.
Segundo, la ley obliga a revisarlos anualmente pero no dice que haya que remitirlos juntitos y ya nos hemos quejado públicamente en varias ocasiones, durante varios años, de nuevo hemeroteca, y solicitamos que se remitieran, alternativamente, para que el servicio quede cubierto siempre con un tipo 1/ clase 1 que es el que ordena la ley cosa que su Consejería no hace.
Vd. dice que su Consejería tiene el programa informático, sigue sin salirnos las cuentas, tras numerosas quejas públicas de los afectados de esta Asociación por la falta del programa que garantiza la fidelidad de los cálculos, el Sr. Superintendente de la PL, declaró el día 03 de febrero de 2010, que ya podían medir con validez jurídica, de ser cierto, han estado durante diez meses, desde Abril de 2009, fecha de la compra y presentación, hasta primeros de febrero de 2010, haciendo mediciones faltando unos de los requisitos de validez de las mediciones.
Por último el Sr. Consejero cita que le hacia falta una provisión de fondos, queremos entender que para comprar una licencia de un programa informático y un calibrador cuyo costo en el mercado es de 650 euros, cada una, no será lo que ha parado a la Ciudad, no podemos pensar ver a un Consejo de Gobierno o un pleno para aprobar la compra de una pieza de ese costo, cuando esta en juego la salud de la ciudadanía, recuerde Sr. Consejero su Consejería estuvo sin calibrador durante muchos meses de 2008 y cuatro de 2009.
En conclusión para esta Asociación durante dieciséis meses sólo han estado los equipos operativos, dos meses, febrero y marzo de 2010, siempre que haya existido personal de servicio y no dedicado a otros menesteres como ya se comprobó en la prensa tras la solicitud de un afectado por las manifestaciones que solicitó medición y tardaron dos horas en poder atenderla.
Ante todo lo expuesto esta Asociación, ante la opinión pública, mantiene que se quejará al Defensor del Pueblo, por que no estamos siendo defendidos por la administración competente, nosotros no estamos en campaña; no recibimos subvenciones; no somos políticos, este mal afecta a todos por igual; nuestra finalidad es la lucha contra la contaminación acústica y ambiental, y sus efectos en la salud, y nuestros objetivos es conseguir los tres pilares de la Ordenanza de Ruidos de 1993, salud, bienestar y calidad de vida ………….....participaremos en el Consejo Sectorial de Medio Ambiente, si el pleno lo aprueba, es nuestra intención colaborar en la redacción de todos los Reglamentos y Ordenanzas que tengan incidencia y pueda afectar a nuestro objetivos que son los de todos los ceutíes.
http://www.elfarodigital.es/ceuta/medio-ambiente/20137-aclaraciones-al-consejero-de-gobernacion.html
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