jueves, 24 de junio de 2010

SENTENCIA QUE ANULA UNA LICENCIA POR NO HABERSE TENIDO EN CUENTA EL RUIDO EN CEUTA

 

SENTENCIA QUE ANULA UNA LICENCIA POR NO HABERSE TENIDO EN CUENTA EL ESTUDIO DE EFECTOS ADITIVOS. SE OBLIGA A L AYUNTAMIENTO A LLEVAR A CABO DE NUEVO EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE LICENCIA Y ESTUDIAR LOS FECETOS ADITIVOS.
JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1  de CEUTA
SENTENCIA: 00065/2010
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 1.-
CEUTA.-
EXPEDIENTE: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 794/07
Abogado de Juristas Contra el Ruido-.

FALLO


Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Do JOSE  contra la Ciudad Autónoma de Ceuta, se decreta la anulación de las resoluciones por las que se concedieron las licencias, retrotrayendo las actuaciones al momento en que se tuvieron que efectuar informes concluyentes sobre efectos aditivos, para que los mismos sean convenientemente cumplimentados, y, a la vista de aquellos, tramitar conforme .a las disposición reglamentarias y resolver el expediente de concesión de licencia de apertura. No se hace expresa imposición de costas.

Contra ésta Sentencia podrá interponerse ante éste Juzgado recurso de apelación en el plazo de quince días a contar desde su notificación, previa consignación de la cantidad de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado, sin la cual no se admitirá a trámite el recurso, de conformidad con lo dispuesto en la D.A. 15ª de la L.O.P .J.

http://www.peacram.com/modules/news/article.php?storyid=746

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